Resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 8.1g) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
  • Artículo 25.3b) de la Ley 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la actividad pública
  • Artículo 9 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas

Actualmente en el Ayuntamiento de Cabezón de Liébana no hay en vigor ninguna resolución de autorización o reconocimiento de compatibilidad para ninguno de sus empleados.

Última actualización el viernes, 30 de agosto de 2024 a 13:10